Nunca podrá ser criticable reclamar nuestros derechos, y es que, en ocasiones, aunque la marea vaya en nuestra contra, jamás podemos claudicar mientras estemos convencidos de estar en lo justo y lo correcto.
Me resulta imposible quedar en silencio ante una experiencia personal que, a pesar de encontrarme dentro del marco de la ley, no salí beneficiada.
Hoy quiero ser la voz de tantas familias ecuatorianas que han tenido inconvenientes con el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) en la importación de insumos médicos.
Como ley está establecido que determinados productos para la salud están exonerados del pago de aranceles aduanales para la importación al país (mientras que dicha importación no sea con fines comerciales), entrarían entonces dentro de la categoría E. https://www.aduana.gob.ec/envios-courier-o-postal/
Si bien es cierto que las palabras “insumos médicos” no aparecen explícitas en esa categoría, tengo entendido que se toman en cuenta en determinadas ocasiones para dicha clasificación, y por este motivo considero oportuno recapitular el siguiente concepto:
Material o insumo médico: Sustancia, artículo o material empleado para el diagnóstico, tratamiento o prevención de enfermedades que para su uso no requieren de fuentes de energía.
El problema aparece cuando la persona encargada de poner “una letra” en la clasificación de un producto desconoce por completo la esencia de lo que tiene en sus manos. Siempre se sentirá protegida si se guía ESTRICTAMENTE por lo que dice en la ley, es entonces cuando yo me pregunto: ¿HAY QUE CAMBIAR LA LEY O HAY QUE TENER LA MENTE MAS ABIERTA?…
Hoy en día la tecnología avanza en aras de brindarle calidad de vida a las personas con condiciones crónicas y la diabetes es una de las que se beneficia de este privilegio que, por desgracia, NO EXISTEN EN EL PAIS y las personas se ven obligadas a importarlas de países vecinos. Tal es el caso del monitor continuo de glucosa (MCG), dispositivo que mide los niveles de glucosa sin la necesidad de pincharse los dedos…para algunos esto podrá ser considerado un “lujo” o algo “no tan importante”, pero para una persona con diabetes tipo 1 que debe realizar monitoreo ante cada ingestión de alimento en el día, el MCG representa el descanso de 1095 pinchazos menos (como mínimo) en el año, así que creo que es una cifra considerable y más aún si los beneficiados son menores de edad. Sobran los motivos para hacer un llamado de atención y sensibilización por parte de las entidades involucradas para que las familias ecuatorianas que deseen importar este producto y otros más puedan hacerlo bajo categoría E.
Es deber y obligación de las autoridades pertinentes avanzar junto con la tecnología enriqueciendo sus conocimientos para brindar un servicio adecuado.
A mediados de febrero del presente año realicé una compra de sensores freestyle libre en Colombia (6 unidades como insumos para 3 meses). Tengo en mi bandeja de Gmail 44 correos como prueba de mi comunicación con la agente de DHL encargada de dar seguimiento a mi importación desde que fui notificada por el arribo de mi carga, hasta la entrega de la misma. 44 correos!!!!! (entre recibidos y enviados).
Mi esperanza inicial era categorizar los sensores como E, pero a pesar de mostrar la documentación requerida NO LOGRE MI OBJETIVO. El “por qué” nunca lo comprendí, la justificación lógica de la aduana jamás me la comunicaron, lo que sí me quedó claro es que al parecer; dentro de 3 meses, cuando deba realizar otra compra en Colombia, tendré que pagar impuestos nuevamente por ingresarla al país con la única diferencia de que ya no tendré recargado mi Gmail con 44 correos más…entonces mi esperanza actual es poder lograr que la Aduana del Ecuador revise, reestructure o acote los ítems pertinentes para hacer justicia en su trabajo. No sé si será cuestión de instancias mayores, pero por lo menos a nivel de nuestro Sistema Nacional de Salud los conceptos están bien definidos.
“Son dispositivos médicos todos aquellos instrumentos, aparatos, materiales reactivos o artículos, incluyendo software; usados solos o en combinación, directamente en seres humanos para la prevención, diagnóstico, tratamiento y seguimiento de enfermedades o discapacidades y para la investigación en medicina. Se considera dispositivos médicos, por ejemplo, a vendas y jeringas, catéteres, material de quirófano y de esterilización, al igual que a los equipos médicos de diagnóstico como glucómetros, tensiómetros, fondoendoscopios, etc. Los cuales desempeñan un papel fundamental en los diferentes centros de atención de salud”.
https://www.salud.gob.ec/msp-trabaja-para-garantizar-dispositivos-medicos-seguros/
Entonces: ¿Quién asumirá la responsabilidad de solucionar este inconveniente?, ¿Por qué debemos seguir pagando de más por brindarle mejor calidad de vida a nuestros hijos? ¿Tendrá conocimiento de esto la dirección del Estado y del Ministerio de Salud? ¿Podría ser la solución tan fácil como mejorar la gramática de ese acápite y dejar explícitamente escritas las palabras “insumos médicos”? ¿Será que prefieran dejarlo implícito y habrá que enseñar al personal o contratar personas más eficientes?
¿Podrá importarle esto a todos los implicados y no solo a la comunidad de diabetes?